Ejecutar las tareas de coordinación de todas las Unidades Municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del alcalde.
Velar por el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la Municipalidad.
Asesorar al alcalde, en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, en materia de Administración de Recursos Humanos de la Municipalidad.
Ejercer las atribuciones que me delegue el alcalde.
Ejercer la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento de:
- La Farmacia Comunal.
- Oirs
- Operaciones y emergencia
Art. 30 LOC M. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidad.
Cláusula Segunda Dec. Sec. 1 Nº5352 del 27.07.2019. Reglamento de Organización Interna.