Secretaría Municipal

La Secretaría Municipal tiene a su cargo a la Oficina de Partes y Oficina de información, Reclamos y Sugerencias (OIRS), Oficina Administrativa de Secretaría Municipal, la secretaria del concejo municipal, la secretaria del COSOC y la oficina de Personalidad Jurídica. Estas unidades contribuirán al cumplimiento de las funciones generales a través del desarrollo de sus funciones específicas, entre las que podemos señalar:

a) Dirigir las actividades de la secretaría administrativa del alcalde y del Concejo.

b) Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales y demás que determine la ley..

c) Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la ley 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado.

d) Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 60 de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias y el artículo 80 de la Ley 20.500, sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro.

e) Realizar otras funciones que le asigne el alcalde de conformidad a la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley les asigne a otras unidades.

f) De las funciones generales definidas en el artículo anterior, se desprenden las siguientes funciones específicas para la Secretaría Municipal:

g) Asistir y tomar acta de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

h) Refrendar, transcribir y comunicar las resoluciones del alcalde, los Acuerdos del Concejo Municipal y Consejo Comunal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, manteniendo un archivo de éstos.

i) Confeccionar los Decretos Alcaldicios y resoluciones que le solicite el alcalde.

j) Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de toda la documentación que ingresa y egresa de la Municipalidad.

k) Entregar al alcalde los antecedentes necesarios de materias que deba informar al Concejo Municipal.

l) Preparar los antecedentes de los temas de la tabla que se tratará en las sesiones del Concejo Municipal.

m) Llevar y mantener al día los Libros de Actas de las Sesiones del Concejo Municipal, insertando los documentos que éste determine.

n) Redactar y despachar las citaciones o invitaciones a funcionarios municipales o a personas ajenas al municipio, que determine el Concejo.

o) Redactar y despachar los oficios por los cuales se soliciten informes o asesorías que el Concejo Municipal estime necesarios.

p) Recibir, registrar y archivar, según corresponda la documentación que reciba el Concejo Municipal, como también despachar la correspondencia que emane del mismo.

q) Mantener informado a los concejales de las actividades municipales en las cuales deben participar.

r) Cumplir con todas las funciones encomendadas en virtud de la Ley 19.537 sobre Copropiedad inmobiliaria.

s) Prestar asesoría al alcalde y servir de órgano de consulta para el resto de las unidades municipales en lo relativo a sus funciones.

t) Prestar asesoría, servir de órgano de consulta y llevar un registro en todo lo relativo a la participación en constitución de Corporaciones y Fundaciones.

u) Mantener archivos de ordenanzas y reglamentos dictados por la Municipalidad.

v) Certificar las demás actuaciones municipales que establezca la ley cuando le sean solicitadas.

w) Cumplir las funciones que le asigna la ley 19,418 sobre Juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.

x) Certificar el depósito del acta constitutiva de las organizaciones comunitarias, en conformidad a la ley.

y) Certificar copia fiel de los decretos y documentación municipal.

Elecciones de la organización Lideresas del Valle de Tiltil

Dirección de comité de agua potable rural de Huechún

Secretario municipal Angelo Torres Ramírez

atorres@tiltil.cl

 

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